Residencia por 10 años en España

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Si buscas residencia por 10 años en España, conviene aclarar algo importante: no existe un permiso llamado así. Lo que sí existe es la TIE con vigencia de 10 años en dos escenarios concretos:

  1. Residencia de larga duración (nacional o UE) cuando el titular alcanza la segunda renovación y ya tiene 30 años de edad.

En los supuestos de la segunda renovación y posteriores, si el titular de la autorización ya ha alcanzado la edad de 30 años, la vigencia de la tarjeta expedida será de 10 años.

Sede electrónica de la Policía Nacional

2. Tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE, cuya TIE tiene validez de 10 años. Estas reglas están recogidas en la Sede de Policía y en el Reglamento aprobado por el RD 1155/2024.

¿Cómo obtener una “residencia por 10 años” en España?

Vía 1 — Residencia de larga duración (nacional o UE) – Extracomunitarios

¿Qué es?: Situación que autoriza a residir y trabajar indefinidamente en España, en condiciones equivalentes a las de los españoles.

Requisito base: Acumular 5 años de residencia legal y continuada (la Administración detalla supuestos y procedimiento en sus hojas informativas).

Vigencia de la TIE:

  • Primera renovación: a los 5 años.
  • Desde la segunda renovación y si ya has cumplido 30 años: la TIE pasa a 10 años. La Sede de Policía lo recoge de forma expresa.

Si viniste a estudiar: la estancia por estudios permite trabajar hasta 30 horas semanales; además, el tiempo de estudios quizás pudiera computarse (según supuestos) para las vías de larga duración previstas en norma.

Vía 2 — Permanente de familiar de ciudadano de la UE – Familiar extracomunitario

¿Cuándo procede? Después de 5 años de residencia continuada como familiar (cónyuge/pareja registrada, determinados ascendientes/descendientes, etc.), puedes pasar a permanente por régimen de la Unión Europea.

Vigencia de la TIE: 10 años para la tarjeta de residencia permanente de familiar UE, según Sede de Policía.

Reserva una consultoría con Tu Gestión España: revisamos residencias, ausencias, edad y renovaciones para indicarte cuándo te corresponde la TIE de 10 años y cómo tramitarla sin errores.

¿Cómo es el trámite para la residencia por 10 años en España?

Larga duración (nacional/UE)

  • Modelo: EX-17 (TIE) + Tasa 790-012.
  • ¿Dónde¿: Oficina de Extranjería o Comisaría.
  • Plazos: primera TIE de 5 años; desde la segunda, si ya tienes 30 años, TIE de 10 años.

Permanente de familiar de ciudadano de la UE

  • Modelo: EX-19 + Tasa 790-012.
  • Validez TIE: 10 años (tarjeta permanente).

Tabla rápida: ¿Dónde aparece la TIE de 10 años?

TarjetaA quiénVigencia TIE
Larga duración (nacional/UE)Extracomunitario con vía a larga duración5 años; 10 años desde 2ª renovación y ≥30 años de edad
Permanente familiar UEFamiliar extracomunitario (régimen UE)10 años (permanente)

Preguntas frecuentes

¿Existe una “residencia por 10 años” como permiso único?
No. Lo que existe es la TIE con validez de 10 años en las dos vías explicadas.

¿Desde cuándo me corresponde la TIE de 10 años con larga duración?
Desde la segunda renovación y cuando ya tengas 30 años.

¿Los estudiantes pueden trabajar?
Sí, pero con tope general de 30 horas semanales (y condiciones específicas en FP intensiva).

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