La residencia para familiares de españoles es una nueva tarjeta de residencia que se incluye en el Nuevo Reglamento de Extranjería. Tiene como particularidad que incluye a todos los miembros de una familia, a hijos de hasta 26 años dependientes, y puede tramitarse como un visado.
En el siguiente artículo, te explicamos con detalle la residencia para familiares de españoles y puedas reencontrarte con tus seres amados en el 2025.
¿Eres español? Trae a tu familia en 2025
Esta residencia temporal va dirigida a quienes tengan un familiar español. En la nueva reforma se indica:
¿Qué familiares pueden solicitar la residencia?
En ese sentido, podrán solicitar la residencia para familiares de españoles los siguiente roles:
- Cónyuge de un ciudadano español.
- Pareja registrada en un registro público de parejas de hecho de un ciudadano español.
- Pareja estable debidamente acreditada de un ciudadano español (convivencia o hijos en común).
- Hijos menores de 26 años o mayores a cargo del ciudadano español.
- Ascendientes en primer grado a cargo que carezcan de apoyo familiar en su país de origen (considerados a cargo si tienen 80 años o más).
- Padre/madre/tutor de un menor de edad español.
- Cuidador de un ciudadano español con dependencia reconocida según la Ley 39/2006.
- Hijos de padres que sean o hayan sido españoles de origen (sin el concepto de «originariamente»).
- Otros miembros de la familia extensa que se encuentren a cargo.
IMPORTANTE: la condición a cargo se demuestra, principalmente, con la manutención o envío de dinero que realiza el familiar español, desde España, a su ser querido en su país de origen.
Cambios en materia de Arraigo Familiar
En resumen, estos son los cambios que trae la Reforma de la Ley de Extranjería:
- Todos los familiares de ciudadanos españoles ahora se incluyen bajo la misma autorización.
- La edad máxima de los hijos que deben demostrar estar a cargo se ha ampliado hasta los 26 años.
- Los padres menores de 80 años deben demostrar estar a cargo y, adicionalmente, que no cuentan con apoyo familiar alternativo.
- Se ha implementado un proceso de autorización y tramitación de visados.
- El acceso para los hijos de españoles de origen a esta figura ha sido flexibilizado.
- Se ha establecido un marco para el mantenimiento de la tarjeta y la modificación de este permiso.
- Los familiares ahora pueden ejercer el derecho de reagrupación familiar, una posibilidad que no existía anteriormente.
¿Qué es la familia extensa?
El concepto de familia extensa incluye a los parientes del núcleo familiar directo que dependen económicamente del ciudadano español o del residente legal. Además de los cónyuges, parejas registradas, hijos y ascendientes directos, también se puede considerar como familia extensa a:
- Hermanos y hermanas.
- Tíos y tías.
- Sobrinos y sobrinas.
- Otros parientes colaterales que dependan económicamente del ciudadano o residente y que vivan bajo el mismo techo.
Es importante destacar que lograr reagrupar bajo este concepto es un trámite complejo, en comparación a cuando se solicita a un cónyuge o hijo.