Conoce los cambios en la segunda fase del Sistema de Acogida de Protección Internacional

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Entre las modificaciones del Sistema Nacional de Acogida en España vigentes desde el 1 de enero de 2021, según la Instrucción 6/2020 (Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) se destaca que únicamente pasarán a segunda fase quienes hayan sido reconocidos como beneficiarios de protección internacional y comienza cuando las personas terminan su estancia en el dispositivo de acogida, pero necesitan un apoyo suplementario.

En ella, se aseguran las prestaciones básicas y se complementan poniendo a disposición de estas personas ayudas económicas. En esta instrucción se prevé la posibilidad de que la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria determine qué otros destinatarios podrían acceder a esta segunda fase en caso de no cumplir con este nuevo requisito.

Recordamos que el Sistema de Acogida de Protección Internacional está basado en una metodología planificada por fases. En principio se realiza un estudio previo de cada caso (fase de evaluación y derivación), que permite al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones valorar las necesidades de cada solicitante de asilo y su derivación al recurso más adaptado a sus circunstancias. Una vez esta valoración finaliza, comienza el itinerario, dividido en dos fases: en primer lugar, la acogida (primera fase); en segundo lugar, la preparación del solicitante de asilo para su autonomía (segunda fase).

Con esta nueva normativa, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones quiere fortalecer la eficiencia del Sistema de Acogida en beneficio de las personas que han obtenido la protección internacional en España, o que llegan a España con ésta concedida, como puede ser el caso de las personas refugiadas o beneficiarias de protección subsidiaria.

A continuación, te dejamos la versión descargable de la INSTRUCCIÓN SEM 6/2020 POR LA QUE SE MODIFICA EL MANUAL DE GESTIÓN (VERSIÓN 4.1) DEL SISTEMA DE ACOGIDA DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL Y EL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DEL ITINERARIO DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL APROBADOS POR LA INSTRUCCIÓN DGIAH 2020/05/15, EN RELACIÓN CON LOS REQUISITOS PARA EL ACCESO A LA SEGUNDA FASE DEL SISTEMA DE ACOGIDA DE SOLICITANTES Y BENEFICIARIOS DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL.

 



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Fuente: Gabinete de Comunicación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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