Emigrar a España en 2025

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Sabemos lo que significa emigrar

¿Emigrar a España en 2025? Puede ser el plan de muchos y por ello, debes considerar los cambios que hicieron en la Ley de Extranjería. 

Emigrar a España en 2025 es una decisión que se debe meditar, evaluar y proyectar con tiempo. Sobre todo, cuando en lo que va del 2024 han ocurrido muchos cambios en materia migratoria a nivel mundial: pacto migratorio  europeo, restricción de inmigrantes al Darién y Estados Unidos, así como la nueva reforma de extranjería. 

Por ello, en el siguiente artículo te comentamos las vías por las que puedes optar para residir legalmente en el país de la siesta española. 

3 formas de Emigrar a España en 2025

Las siguientes tres opciones son algunas de las vías para emigrar a España de forma legal, recuerda que cada caso es particular:

Estancia de Estudio


Si te gusta estudiar, puedes buscar una matrícula que esté reconocida por el ente correspondiente y te permita obtener una titulación superior, ya sea un máster, profesión u otro. Es decir, lo que importa es que cumpla con los requisitos del Real Decreto 1027/2011 de 15 de julio. De manera que, debes estudiar en sitios reconocidos o carreras que estén reconocidas para solicitar una estancia por estudio.

Beneficios de la Estancia de Estudio

Según el Nuevo Reglamento de Extranjería, se incorporan los siguientes cambios:

  1. Solo instituciones reconocidas y registradas podrán optar por una formación en España. 
  2. Los estudios podrán realizarse de forma presencial e híbrida.
  3. El estudiante podrá trabajar 30 horas semanales.
  4. Se facilita la transición desde la autorización de estancia por estudios a la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena a aquellos estudiantes que hayan obtenido el título, pudiendo trabajar desde el primer momento

Requisitos para la Estancia de Estudio

Si en tu caso es una estancia para realizar estudios superiores deberás cumplir con los siguientes requerimientos:

1.° Haber sido admitido por una institución o un centro de enseñanza superior reconocido para cursar un programa de estudios en los términos previstos en la Ley de Extranjería.

2.º Haber abonado los derechos de inscripción, matrícula o documento equivalente exigidos por la institución o el centro de enseñanza correspondiente.

Residencia temporal no lucrativa

Puedes residir en España si tienes los medios económicos para sostenerse además de vivir con tu familia.

“Se halla en situación de residencia temporal no lucrativa la persona extranjera, así como sus familiares, que hayan sido autorizados a residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales”.

BOE N°280

Esta resiliencia es válida por un año y debes saber que deberás demostrar económicamente:

  • Suficiente para el sostenimiento personal: 400% del IPREM mensual.
  • Suficiente para cada familiar a cargo: 100% del IPREM mensual por familiar.
  • La disponibilidad se acredita mediante pruebas legales aceptadas.

Requisitos para residencia temporal no lucrativa

Aquí te mencionamos los requisitos:

a) Contar con medios económicos suficientes para manutención y residencia, sin necesidad de trabajar.
b) Tener seguro de enfermedad.
c) No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
d) No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública (sin antecedentes penales).
e) Haber pagado la tasa de tramitación.

Residencia temporal y trabajo por cuenta propia

En el caso de que desees y puedas trabajar por tu propia cuenta, podrás solicitar este tipo de residencia.

“Se halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta propia la persona
extranjera mayor de dieciocho años autorizada a residir en España por un periodo
superior a noventa días naturales e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad
lucrativa por cuenta propia”.

BOE N°280

Requisitos de la residencia temporal por cuenta propia

  1. Cumplir los requisitos legales para la apertura y funcionamiento de la actividad.
  2. Poseer la cualificación profesional legalmente exigida o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, cuando esta lo requiera, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
  3. Acreditar la suficiencia de la inversión prevista para la implantación del proyecto y sobre la incidencia, en su caso, en la creación de empleo, incluyendo como tal el auto empleo.
  4. No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
  5. No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  6. Haber abonado la tasa de tramitación del procedimiento.

¿Cuál es el procedimiento?

  1. Solicitud de visado: Presentar una solicitud de visado de residencia.
  2. Comprobación de antecedentes: La oficina de extranjería recabará informes para verificar la inexistencia de antecedentes penales.
  3. Denegación de autorización: La autorización será denegada si no se cumplen los requisitos, se presentan documentos falsos o se actúa de mala fe.
  4. Plazo de resolución: La autorización se resolverá en un máximo de tres meses desde la recepción de la solicitud.
  5. Expedición del visado: La autorización favorable se grabará en el sistema y se condicionará a la expedición del visado y alta en la Seguridad Social.
  6. Autorización en varias comunidades: Obtención de autorizaciones de trabajo en varias comunidades autónomas si se desarrollan actividades simultáneas.
  7. Alta en Seguridad Social: Afiliación y alta en la Seguridad Social dentro de los tres meses posteriores a la entrada legal en España.
  8. Tarjeta de identidad de extranjero: Solicitar la tarjeta de identidad de extranjero dentro del mes posterior al alta en la Seguridad Social.
  9. Salida de España: Si no se produce el alta en la Seguridad Social, el trabajador debe salir de España.

¿Es recomendable emigrar a España en 2025 con asilo?

Luego de la Reforma del Reglamento de Extranjería no es recomendable, incluso desde principios del año 2024 cuando el ente encargado decidió reconocer a los solicitantes de asilo como una permanencia tolerable mientras dura el procedimiento. Por lo que, es un camino que no se sugiere sobre todo, cuando las razones de la persona son por carácter humanitario y no político. Es decir, entre tantas vías de regularización lo mejor es tener una asesoría con un especialista para descubrir cuál es la mejor según la circunstancia personal.

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