¿Varía el IRPF según Comunidad Autónoma? Sí, además de otros pagos obligatorios como el impuesto de circulación en alcantarillado, de Sucesiones y Donaciones, entre otros. De manera que, en función del lugar donde vives deberás pagar un porcentaje diferente.
Por ello, en el siguiente artículo abordamos el IRPF según Comunidad Autónoma con intenciones únicamente informativas y dejando en claro que puede variar en el tiempo, si el ente decide cambiarlo.
Primero, ¿qué es el IRPF?
Según la Agencia Tributaria, “es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares”.
Eso quiere decir, que la tributación varía no solo por la comunidad sino también por la circunstancia personal de cada ciudadano y residente español.
Es importante destacar, que existe una subdivisión del IRPF. Uno es el Estadal, que va al Gobierno; y el otro, es el Autonómico, que va a las Comunidades Autónomas. Por esta razón, existen diferentes porcentajes en cada provincia.
¿Cuánto es el porcentaje de IRPF según Comunidad Autónoma?
- Andalucía: Tipos del 9,75% (bases de hasta 12.450 euros) al 23,3% (rentas superiores a 120.000 euros).
- Aragón: El tramo autonómico del IRPF va del 9,5% (bases liquidables inferiores a 13.072,50 euros) al 25,50% (bases superiores a 130.000 euros). Recuerda que falta considerar el IRPF Estatal.
- Asturias: En Asturias, los tipos autonómicos van del 10% (bases inferiores a 12.450 euros) al 25,50% (rentas superiores a 175.000 euros). Recuerda que falta considerar el IRPF Estatal.
- Comunidad Valenciana: Tipos del 10% (rentas inferiores a 12.450 euros) al 29,50% (rentas superiores a 120.000 euros).
- Cantabria: Aquí, el tipo autonómico varía del 9,50% (bases inferiores a 12.450 euros) al 25,50% (bases superiores a 90.000 euros). Recuerda que falta considerar el IRPF Estatal.
- Castilla y León: El tipo autonómico es del 9,50% (bases inferiores a 12.450 euros) al 21,50% (bases superiores a 53.407,20 euros). Recuerda que falta considerar el IRPF Estatal.
- Castilla-La Mancha: Utiliza los mismos tipos del Estado, del 9,50% (bases inferiores a 12.450 euros) al 22,5% (rentas superiores a 60.000 euros). Recuerda que falta considerar el IRPF Estatal.
- Cataluña: La fiscalidad más alta, con tipos del 12,5% (rentas inferiores a 17.707,20 euros) al 25,50% (bases superiores a 175.000,20 euros).
- Extremadura: Tipos autonómicos del 8% (rentas inferiores a 12.450 euros) al 25% (rentas superiores a 120.200 euros).
- Galicia: Tipos del 9,50% (rentas inferiores a 12.450 euros) al 22,50% (rentas superiores a 60.000 euros). El total va del 19% al 47%.
- Baleares: Tipos del 9,5% (rentas inferiores a 10.000 euros) al 25% (rentas superiores a 170.000 euros).
- Islas Canarias: Tramos autonómicos del 9% (bases de hasta 12.450 euros) al 26% (rentas superiores a 90.000 euros).
- La Rioja: Tipos del 9% (bases menores de 12.450 euros) al 27% (bases superiores a 120.000 euros).
- Comunidad de Madrid: Los tipos más bajos del 8,5% (bases inferiores a 13.362,22 euros) al 20,50% (rentas superiores a 57.320,40 euros).
- Región de Murcia: Tramos del 9,50% (rentas inferiores a 12.450 euros) al 22,50% (rentas superiores a 60.000 euros).
- Navarra: Tipos del 13% (rentas inferiores a 4.000 euros) al 52% (rentas superiores a 300.000 euros). Este último solo se aplica a rendimientos muy altos.
- País Vasco: Tramos autonómicos del 23% (rentas inferiores a 15.500 euros) al 49% (rentas superiores a 179.460 euros).
Impuesto Autonómico
Comunidad | Tipo mínimo | Tipo máximo |
Andalucía | 9,50% | 22,50% |
Aragón | 9,50% | 25,50% |
Asturias | 10% | 25,50% |
Baleares | 9,50% | 25% |
Canarias | 9% | 26% |
Cantabria | 9,50% | 25,50% |
Castilla La-Mancha | 9,50% | 22,50% |
Castilla y León | 9,50% | 21,50% |
Cataluña | 12% | 25,50% |
Comunidad Valenciana | 10% | 29,50% |
Extremadura | 8% | 25% |
Galicia | 9% | 22,50% |
La Rioja | 9% | 27% |
Madrid | 8,5% | 20,5% |
Murcia | 9,50% | 22,50% |