Si bien es cierto, España es considerado como uno de los países de habla hispana más atractivos para vivir, y es por eso que para muchas personas suele ser la opción número uno que toman para emigrar, debido a su cultura, su buen clima con respecto a otros países del continente, e incluso su idioma para quienes vienen de Latinoamérica, por ende, muchos turistas se sienten tentados a quedarse.
Lamentablemente como turista no puedes trabajar en España, pero si puedes solicitar una modificación de estatus que te permita obtener una autorización administrativa para trabajar, como puede ser:
- El arraigo familiar, que se le otorga a los familiares de ciudadanos españoles.
- La tarjeta de familiar de comunitario, que se otorga a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
- Solicitud de protección internacional, la cual debes solicitar dentro de los primeros 30 días de haber llegada a España y la autorización de trabajo será otorgada a los 6 meses de la entrevista.
- La estancia de estudios superiores, la cual debes solicitar dentro de los primeros 60 días de haber llegado a España, pero es importante que sepas que tu llegada a España debe estar dentro de los primeros 90 días antes del inicio de las actividades académicas. Si no son estudios superiores, deberás hacer una solicitud de autorización de trabajo.
- La residencia de profesional altamente cualificado, la cual solicitará el empleador dentro de los primeros 90 días de tu llegada.
El Régimen General de Extranjería ordena que la solicitud de residencia de trabajo por cuenta ajena es realizada por el empleador y que el futuro trabajador se encuentre en país de origen o de residencia legal, y una vez es aprobada esta solicitud el trabajador deberá dirigirse al Consulado de España que le corresponda para que le sea otorgado el visado de trabajo.
En cambio, si el trabajo es por cuenta propia deberá iniciarlo directamente el interesado ante el Consulado de España de su país de origen o de su país de residencia legal; no directamente en España, salvo que sea aplicable la Ley de Emprendedores.
Te dejamos un artículo donde hablamos acerca de Entrar como turista y quedarse en España, allí encontrarás detalladamente los diferentes casos que se presentan según la documentación que tengas.
De igual forma, si deseas una asesoría más personalizada para aclarar tus dudas, te invitamos a agendarla en la siguiente web https://tugestionespana.com/asesorias