El nuevo Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, representa un giro crucial en las políticas migratorias de España. Esta reforma, diseñada para ajustar los procesos legales a las demandas actuales, introduce cambios que afectan directamente a solicitantes de asilo, residentes por Razones Humanitarias y ascendientes de residentes y españoles.
Si tu estatus migratorio depende de estas categorías, actuar antes de la fecha límite es esencial para evitar perder derechos o enfrentar obstáculos irreversibles. A continuación, desglosamos las claves de esta normativa y las acciones urgentes que debes tomar.
Solicitantes de asilo
Los principales afectados en el reglamento son quienes están en proceso de asilo. Especialmente, quienes no tengan una denegación o desistimiento del proceso antes del de 20 mayo, ya que, les imposibilita beneficiarse de la Disposición Transitoria Quinta del nuevo reglamento. Si quieres saber más información, haz clic aquí.
Sin cita de asilo
¿Todavía no tienes cita de asilo? En estos momentos, parece ser un panorama con mayor margen de acción, ya que, podrías optar por otra vía como el arraigo o una estancia. Debido a que después del 20 de mayo el tiempo en el país como solicitante de asilo no computará para establecer una residencia legal.
Residentes por Razones Humanitarias
Quienes ya cuentan con una Residencia por Razones Humanitarias (RH) deben saber que el nuevo Reglamento de Extranjería endurece las condiciones para este grupo. Las modificaciones afectan principalmente al apartado de Asilo y Refugio, donde se ubican estos permisos, limitando su renovación o acceso a beneficios.
¿Qué debes hacer?
- Solicita un cambio de régimen migratorio antes del 20 de mayo. Optar por un arraigo (social, laboral o familiar) te permitirá salir del sistema de asilo y entrar al régimen general de extranjería, más estable y predecible.
- Recopila pruebas de arraigo: contratos laborales, empadronamiento prolongado, o vínculos familiares en España.
Reagrupación familiar ascendientes: La edad sí importa
Uno de los cambios más polémicos del nuevo Reglamento de Extranjería es el ajuste en la reagrupación de ascendientes. Anteriormente, los progenitores mayores de 67 años podían reunirse con sus familiares en España sin demostrar dependencia económica. Ahora, este beneficio solo aplica para mayores de 80 años, un incremento que deja fuera a miles de familias.
Por ello, si eres residente extranjero o español además de cumplir con los requisitos para tramitar la reagrupación familiar, inicia este proceso antes del quinto mes del año.
¿Por qué el 20 de mayo de 2025 es una fecha crítica?
El nuevo Reglamento de Extranjería no solo añade requisitos, sino que retrocede en derechos adquiridos. Las autoridades buscan reducir el número de solicitudes de asilo y priorizar vías migratorias con mayores garantías económicas. La inacción antes del plazo podría significar:
- Pérdida de años de espera para regularizarte si eres solicitante de asilo.
- Mayores exigencias para renovar residencias humanitarias.
- Costes adicionales en reagrupaciones familiares.
Recomendaciones
- Consulta con un abogado especializado: Cada caso es único, y un error en los trámites podría retrasar tu proceso meses. Consulta tu situación aquí.
- Prioriza documentación: Enfócate en obtener denegaciones de asilo, contratos laborales o pruebas de arraigo.
- Anticípate a la saturación: Las oficinas de extranjería suelen colapsar cerca de plazos límite. Agenda citas con meses de antelación.
Ten presente que cada caso es particular, queda poco tiempo para obtener una residencia segura además de legal, por ello, si tienes cualquier tipo de duda sobre tu situación, pide una cita con nosotros y ¡comencemos a trabajar!