Requisito indispensable para reagrupación familiar 

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Hablemos de la reagrupación familiar en España. ¿Desde hace cuánto sueñas con abrazar nuevamente a tu madre, padre, hermano, hijo abuelo todos los días en tu casa? Este es un anhelo que muchos migrantes desean una vez obtienen la residencia o nacionalidad española. Poder convivir nuevamente con sus seres queridos sin pensar en los 90 días que les corresponden si viajan como turistas.

Existen tres formas de reagrupación familiar según tu estatus en el país:

  • Arraigo familiar, si eres ciudadano español.
  • Tarjeta de Familiar Comunitario, si eres miembro de la Comunidad Europea. 
  • Reagrupación Familiar, si eres residente.

 

Las tres tienen en común un requisito indispensable: demostrar la condición a cargo para ascendientes menores de 65 años e hijos mayores de 21. 

Para solicitar la reagrupación familiar debes ser un residente con al menos una renovación del TIE realizada

Recuerda, para solicitar la reagrupación familiar la persona debe estar España la momento de realizar el trámite, y el familiar debe estar fuera del país ibérico.

Reagrupación familiar: ¿cómo demostrar la condición a cargo?

¡Remesas! También conocido como el envío de dinero. Cuando se trata de demostrar la condición a cargo se debe tener registro de la manutención que recibe tu familiar en su país de origen. Es decir, no basta con enviarle el dinero a través de un amigo o conocido que te facilita el cambio de moneda. Debes tener un comprobante de la transacción, será tu soporte para justificar tu solicitud de reagrupación  para ascendientes menores de 65 años e hijos mayores de 21.

Por ejemplo, Curiara es una empresa registrada y reconocida por el Banco de España, por lo que, sus transferencias van a estar documentadas y serán aceptadas por la Oficina de Extranjería. 



Se debe mantener la condición a cargo mínimo un año

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Titulares de la autorización: deben tener una residencia en España válida y en vigor 

Familiares directos:

  • Cónyuge.
  • Hijos menores de 21 años.
  • Ascendientes a cargo, padres o abuelos dependientes del reagrupante.

 

Relación de parentesco directo entre el reagrupante y el familiar.

Recursos económicos.

En resumen

Si ya eres un residente legal en España puedes reagrupar a tus familiares directos a través de la reagrupación familiar, arraigo familiar y la tarjeta de familiar comunitario según tu estatus en el país.

Para mayor información acerca de tu caso personal o dudas acerca del trámite, te sugerimos solicitar una asesoría con el abogado del despacho, Alejandro Scudiero, aquí.

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