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¿Existe la prórroga de la carta de invitación en España? Esta es una pregunta frecuente cuando quienes emiten la carta desean alargar la estancia de sus seres queridos que visitan el país ibérico bajo el estatus de turista. La respuesta no es simple, por lo que el objetivo de este artículo es aclarar esa duda.
¿Existe la prórroga de la carta de invitación?
Realmente, no existe en las leyes españolas la figura de prórroga de la carta de invitación. Esto se debe a que cuando se solicita dicho trámite, el documento contiene la fecha de ingreso y de salida. Cabe destacar que, al ser los visitantes turistas no pueden sobrepasar los 90 días de estancia porque caerían en un régimen irregular.
En ese sentido, es prudente que el límite de la estancia sea de tres meses, ya que, al estar en el país más del tiempo mencionado, según el marco legal, se debería optar por una residencia en España.
No obstante, solo hay una forma de “alargar” la estancia y es únicamente cuando ocurre un hecho extraordinario que impide que la persona salga de España a los 90 días. Por ejemplo, que ocurra una emergencia médica y se deba quedar más del tiempo estipulado. Es decir, la estancia se extiende automáticamente cuando existen motivos excepcionales.
En ese mismo orden de ideas, en caso de no tener una razón de peso para alargar la estadía, el turista debe salir de la nación y esperar un tiempo prudente para volver a solicitar la entrada al país.
La carta de invitación solo sustituye el alojamiento, los demás requisitos deben cumplirse.
Requisitos para entrar a España como turista
- Pasaporte vigente o documento de viaje
- Visa, en caso de que tu nacionalidad lo amerite.
- Justificación de medios económicos
- Alojamiento: carta de invitación o reserva de hotel confirmada
- 113,40 € por día de estancia por persona
- Seguro de viaje
¿Puedo quedarme en España con una carta de invitación?
El Boletín Oficial del Estado publicado en fecha 11 de mayo de 2007 indica lo siguiente: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito» pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 Euros, hasta la expulsión del territorio nacional.
Así mismo, en el mismo Boletín Oficial del Estado indica lo siguiente:
Entre estos documentos se encuentra la carta de invitación de un particular para los viajes que tengan carácter turístico o privado
Boletín Oficial del Estado
Esto aclara que el único fin de la carta de invitación es facilitar la entrada y salida de una persona que viene exclusivamente de turismo. Por lo tanto, si tu intención es vivir en España, la carta de invitación no es una opción.
¿Quiénes necesitan pedirla?
La carta de invitación es necesaria para aquellos turistas que no tienen una reserva de hotel y van a alojarse en casa de familiares o amigos. Este documento sirve para demostrar que cuentan con un lugar donde quedarse durante su estancia en España, lo cual es un requisito indispensable para la entrada al país.
Conclusión
En conclusión, no existe una prórroga oficial para la carta de invitación en España. Las leyes españolas son claras en cuanto a los límites de estancia para los turistas, y solo en circunstancias excepcionales se podría extender este período. Es crucial cumplir con todos los requisitos de entrada para evitar problemas legales y garantizar una visita placentera al país.