Muchos venezolanos que hoy residen en España han repartido sus años de trabajo entre ambos países. Cuando llega la hora de jubilarse surge una pregunta natural: ¿qué ocurre con esas cotizaciones mixtas? A diferencia de una jubilación ordinaria, la pensión por Convenio Bilateral España‑Venezuela implica coordinar a dos administraciones y verificar períodos de cotización en los dos sistemas. Ese proceso suele alargar los plazos y genera dudas a quienes ya han solicitado la prestación o planean hacerlo.
La jubilación por convenio bilateral tiene como objetivo es sumar los años cotizados en España y Venezuela para que el trabajador acceda al derecho, aunque no alcance los requisitos en un solo país. Además, cada país paga su parte de forma proporcional y directa al beneficiario. En las siguientes secciones se detallan las fases del trámite, los estados del expediente, los tiempos aproximados y las recomendaciones para mantener el expediente en marcha.
Fases de la jubilación por Convenio Bilateral España‑Venezuela
1. Presentación de la solicitud ante el INSS
La gestión empieza en el país de residencia. En el caso de los residentes en España, la solicitud se presenta ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) mediante el formulario específico de jubilación por convenio bilateral. Junto con el formulario deben aportarse el DNI o NIE, la vida laboral española, los certificados de cotización venezolanos (emitidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS) y la documentación bancaria y personal. El INSS actúa como organismo gestor, recoge el historial de cotizaciones en España e identifica los países en los que el solicitante ha trabajado.
2. Apertura y registro del expediente
Una vez recibida la solicitud, el INSS abre el expediente y lo registra; en este momento suele aparecer en la sede electrónica con estados como “En trámite” o “En estudio”. Esta etapa se centra en comprobar que la documentación básica está completa. Si falta algún documento, puede pasar a “Pendiente de documentación”, en cuyo caso el solicitante debe aportar lo requerido cuanto antes para evitar retrasos.
3. Verificación de cotizaciones en España
En esta fase el INSS revisa los años cotizados en España, las bases de cotización, la edad legal y los requisitos mínimos. Para 2026 la edad ordinaria de jubilación es de 65 años cuando se acreditan 38 años y 3 meses o más de cotización; quienes hayan cotizado menos de ese tiempo deben esperar a los 66 años y 10 meses. Con carácter general se exige un mínimo de 15 años cotizados (5.475 días), de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
4. Comunicación con Venezuela e intervención del IVSS
Esta etapa es la más lenta del procedimiento. El INSS solicita al IVSS una certificación de los periodos trabajados y de las cotizaciones acumuladas en Venezuela. Ambas instituciones validan la identidad y la coherencia de los datos y resuelven discrepancias. La totalización de periodos solo funciona si las cotizaciones no se superponen en el tiempo; por eso es importante que los documentos venezolanos estén completos y legalizados. La falta de respuesta del IVSS o errores en la documentación suelen ser las principales causas de retrasos.
5. Totalización de periodos y cálculo de la pensión
Si el solicitante no alcanza el derecho a la pensión solo con las cotizaciones españolas, se procede a sumar (totalizar) los años trabajados en ambos países. El Convenio estipula que cuando se totalizan los periodos y se alcanza el derecho, cada parte calcula primero una pensión teórica como si todos los años cotizados se hubieran realizado bajo su legislación y luego aplica una proporción equivalente al tiempo efectivamente cotizado en su territorio.
Es decir, la pensión final no es íntegra sino prorrateada según los años de cotización en cada país. Por ejemplo, una persona con 20 años cotizados en España y 10 en Venezuela suma 30 años para verificar el requisito mínimo; España calculará una pensión teórica como si hubiese cotizado 30 años, pero solo abonará dos tercios del importe (20/30), mientras que Venezuela pagará el tercio restante (10/30).
6. Propuesta de resolución o requerimiento de documentos
Tras la totalización y el cálculo provisional, el expediente puede pasar a “Propuesta de resolución”. Si durante la tramitación se detectan errores o faltan datos, el INSS realizará un requerimiento de documentos al solicitante. Es fundamental responder en plazo y aportar la información solicitada; de lo contrario, el expediente quedará detenido o incluso podrá ser archivado.
7. Resolución del expediente
Una vez completadas todas las verificaciones, el INSS emite una resolución. Puede ser aprobatoria (pensión concedida), denegatoria (no se cumplen los requisitos) o una nueva solicitud de documentación. En caso de denegación se puede presentar recurso. Los estados “Resuelto/Aprobado” o “Denegado” aparecerán en la sede electrónica.
8. Fiscalización, orden de pago y tramitación bancaria
Después de la aprobación, el expediente pasa a la Tesorería General para la fiscalización y ordenación del pago. Esta fase incluye la inclusión del beneficiario en nómina y la validación bancaria. El pago no es inmediato: puede tardar algunas semanas mientras la Tesorería verifica cuentas y datos. España y Venezuela pagan cada una la parte que les corresponde directamente al beneficiario.
9. Cobro de la pensión y posibles atrasos
Concluido el proceso administrativo, el solicitante recibe una carta de resolución y comienza a cobrar la pensión mensualmente. Si la fecha de efecto reconocida es anterior al primer pago, se abonarán los atrasos. Es importante conservar la resolución y revisar que las cuantías coincidan con la proporción de años cotizados.
Cuando existen periodos difíciles de probar o cotizaciones incompletas, la ayuda de profesionales especializados puede evitar retrasos. Si tienes dudas, solicita una asesoría.
¿Cuánto tarda una jubilación por Convenio Bilateral con Venezuela?
No existe un plazo fijo para la resolución de estos expedientes. El tiempo total depende de la rapidez con que se intercambia la información entre el INSS y el IVSS y de la complejidad del historial laboral. A diferencia de una jubilación ordinaria, en la que la Seguridad Social española tramita todos los datos internamente, aquí se requiere validar cotizaciones en otro país.
En consecuencia, en la práctica pueden transcurrir varios meses e incluso más de un año antes de recibir la resolución, sobre todo si hay problemas con las certificaciones o discrepancias en nombres, fechas o bases de cotización. Para evitar demoras, conviene iniciar el trámite con suficiente antelación, revisar que los datos españoles y venezolanos coincidan y responder rápidamente a cualquier requerimiento.
¿Qué hacer si el expediente está paralizado?
Si han pasado muchos meses y el expediente no avanza, conviene tomar medidas:
- Consultar el estado. Revisar la sede electrónica del INSS o solicitar información en una oficina. A veces el expediente está “En trámite” pero esperando documentación.
- Revisar requerimientos. Comprobar si se ha recibido alguna notificación solicitando documentos adicionales y responder dentro del plazo.
- Verificar datos personales. Confirmar que el nombre, fecha de nacimiento y número de identificación coinciden en todos los documentos, incluidos los venezolanos.
- Conservar justificantes. Guardar comprobantes de presentación, formularios y comunicaciones. Sirven para demostrar que se han cumplido los plazo.
- Solicitar asesoría. Si el retraso se debe a falta de certificaciones internacionales o dudas sobre el cálculo, un experto puede mediar con el INSS y el IVSS.
Fases del Convenio Bilateral: 5 errores en la solicitud
Algunos errores frecuentes al solicitar la jubilación por convenio bilateral pueden prolongar la tramitación:
- Datos incoherentes. Presentar nombres, apellidos o fechas diferentes en documentos españoles y venezolanos genera dudas y comprobaciones adicionales.
- Falta de certificaciones venezolanas. No aportar la certificación del IVSS o presentarla con errores o sin legalizar retrasa la fase internacional.
- Vida laboral desactualizada. No revisar la vida laboral española antes de solicitar puede llevar a sorpresas sobre lagunas de cotización o bases incorrectas.
- No responder a requerimientos. Ignorar una solicitud de documentación del INSS paraliza el expediente.
- Suponer que España paga toda la pensión. Cada país paga solo la parte proporcional a los años cotizados en su territorio, por lo que las cotizaciones venezolanas no elevan las bases españolas.
- No buscar asesoría. Cuando existen periodos difíciles de probar o cotizaciones incompletas, la ayuda de profesionales especializados puede evitar retrasos.
Resumen de las fases del Convenio Bilateral de jubilación



