La residencia española por matrimonio es una de las formas para residir legalmente en el país de la siesta. Sin embargo, a finales de junio el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha modificado los criterios para reagrupar a tu esposa (o). Por ello, en el siguiente artículo comentamos cuáles han sido los cambios.
Nuevos criterios para residencia española por matrimonio 2025
Anteriormente, para reagrupar al cónyuge del ciudadano español era fundamental inscribir el acta de matrimonio en el Registro Civil. Sin embargo, a partir del 30 de junio del 2025, deja de ser una obligación. No obstante, este criterio será únicamente válido para casos que correspondan al Régimen de Extranjería.
Es decir, si deseas traer al país a tu cónyuge mediante la Tarjeta de Familiar Español solo debes apostillar, legalizar y traducir -si aplica en tu caso- el acta de matrimonio para realizar la solicitud. Sin embargo, esta consideración no aplica para los casos de reducción de tiempo para obtener la nacionalidad española por ser cónyuge. En esa situación, sí debes inscribir el acta de matrimonio en el Registro Civil apostillada y legalizada.
¿Qué cambió en 2025 para la residencia por matrimonio en España?
Si estás casado o casada con un ciudadano español, puedes solicitar la residencia para vivir legalmente en el país. Sin embargo, a partir del mayo de 2025, entraron en vigor nuevos criterios que eliminan el uso del Arraigo Familiar para cónyuges.
Con el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), los cónyuges ya no deben recurrir a vías excepcionales como el arraigo. En su lugar, existe una autorización de residencia específica: Residencia como Familiar de Español, que aplica tanto si estás en el país como si aún resides fuera.
¿Por qué ya no se usa el Arraigo Familiar para cónyuges?
Antes del cambio, muchas personas utilizaban la figura del Arraigo Familiar para regularizar su situación en España por estar casadas con un ciudadano español.
Ahora, esta figura queda limitada exclusivamente a:
- Padres o tutores legales de un menor con nacionalidad española o de la Unión Europea.
- Personas que presten apoyo a un ciudadano español con discapacidad.
Por tanto, si eres cónyuge de un español o española, tu trámite va por la vía de la residencia de familiar de ciudadano español, no por arraigo.

¿Sigue siendo obligatorio inscribir el matrimonio en el Registro Civil?
Depende del trámite.
✅ Para solicitar la residencia:
Ya no es obligatorio inscribir el matrimonio en el Registro Civil español si estás casado en el extranjero. Basta con apostillar, legalizar y traducir (si aplica) el acta de matrimonio.
❌ Para reducir el plazo de nacionalidad (de 10 a 1 año):
Sí es obligatorio inscribir el matrimonio en el Registro Civil español.
Puedes pedir la residencia como cónyuge sin haber inscrito el matrimonio en el Registro Civil, pero no podrás beneficiarte de la reducción del tiempo para la nacionalidad.
Requisitos actualizados para la residencia como cónyuge (2025)
Para el ciudadano español:
- Pasaporte o DNI en vigor.
- Declaración responsable de no convivir con otro cónyuge o pareja.
Para el cónyuge extranjero:
- Pasaporte completo y vigente.
- Acta de matrimonio legalizada/apostillada y traducida si no está en español.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen.
- Certificado médico.
- En algunos casos, acreditar convivencia o descendencia en común.
Documentación para residir con cónyuge en España
- Formulario oficial EX-24.
- Pasaporte del ciudadano español y del cónyuge extranjero.
- Certificado de empadronamiento o convivencia.
- Acta de matrimonio o acreditación del vínculo (apostillada/legalizada).
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico del solicitante extranjero.
¿Dónde se presenta la solicitud?
- Si ya estás en España, puedes presentarla en la Oficina de Extranjería de la provincia donde residas.
- Si tu cónyuge aún se encuentra en el extranjero, puede tramitar un visado de residencia desde el consulado de España.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar con este permiso?
Sí. La residencia como familiar de español autoriza a trabajar por cuenta propia o ajena desde el primer día.
¿Puedo reagrupar a mi familia después?
Sí. Una vez obtienes la residencia, puedes reagrupar a hijos, ascendientes u otros familiares si cumples los requisitos.
¿Puedo solicitar la nacionalidad española después?
Sí, tras un año de residencia legal y convivencia con tu cónyuge español, podrás iniciar el trámite, siempre que tengas el matrimonio inscrito en el Registro Civil.