El proceso de solicitud de nacionalidad española puede variar según la forma en que se adquiera la nacionalidad (por residencia, por opción, por origen, etc.), así como las regulaciones y procedimientos vigentes en el momento de la solicitud.
A continuación, se presentan las fases generales que suelen estar involucradas en una solicitud de nacionalidad española por residencia, que es una de las formas más comunes de obtener la ciudadanía española:
Fase #1: Admisión del Trámite
El expediente es recibido y aceptado por el Ministerio de Justicia. A partir de ese momento, debes esperar a que el expediente sea oficialmente admitido para su procesamiento y tramitación. Es importante tener en cuenta que el expediente se considera admitido desde el momento en que se envía.
Fase #2: Registrado y en Tramitación
En esta etapa, tu expediente ya está registrado y en proceso de tramitación, lo que significa que fue admitido por el Ministerio de Justicia. En este punto, simplemente debes esperar, ya que los responsables en el Ministerio de Justicia se encargan del proceso.
Fase #3: Solicitud de Informes Preceptivos
Sin importar los documentos presentados en el expediente, el Ministerio de Justicia siempre solicitará el informe del Ministerio del Interior. Esta información permitirá conocer el tiempo de residencia en España y si existen antecedentes penales. Esta solicitud es inevitable al solicitar la nacionalidad española.
Además del informe del Ministerio del Interior, también se pedirá un informe del Ministerio de Justicia, y en ciertos casos, informes de otras agencias de seguridad del país de origen para verificar posibles problemas legales. Estos informes son siempre solicitados como parte del proceso.
Esta fase es la más prolongada debido a la limitada cantidad de personal encargado de gestionar los informes y la escasez de personal en la policía nacional asignado a esta tarea. Por ello, esta fase suele ser la más extensa.
Fase #4: Respuesta a los Informes Preceptivos
En esta fase, se reciben los informes solicitados y se está a la espera de los mismos para su evaluación.
Fase #5: Evaluación
La mayoría de las solicitudes de nacionalidad española suelen demorar varias semanas hasta llegar a este punto. Aquí, se revisan los informes previamente solicitados.
Fase #6: Requerido
Esta fase se presenta en pocos casos. Aquí se notificará si es necesario algún documento adicional o si se requiere más información debido a dudas sobre el expediente. En esta etapa, es crucial ser ágil en la obtención de los documentos solicitados.
Por lo general, cuando se presenta este estado, se pregunta acerca de detenciones previas o antecedentes penales. La respuesta proporcionada debe aclarar cómo se resolvió el asunto.
En casos de delitos graves, la solicitud de nacionalidad puede ser denegada directamente. Sin embargo, en situaciones de antecedentes policiales, se indagará sobre cómo se resolvió el problema o la razón detrás de la detención.
Para resolver esta solicitud, se puede buscar la ayuda de un profesional, quien gestionará la solicitud del informe correspondiente a la policía nacional, lo que suele ser un proceso rápido. En los casos que requieran un informe del Ministerio de Justicia, la entrega demorará unos días adicionales. Luego, el abogado deberá realizar los trámites pertinentes para entregar dichos documentos.
Fase #7: Calificación
La penúltima etapa, también la más ansiosa para los solicitantes. Aquí se resuelve el expediente, y solo falta que la administración decida si se concederá o denegará la nacionalidad. Esta fase puede tomar entre 3 semanas y un mes.
Fase: #8: Concedido o Denegado
La última fase es donde se notifica si la decisión final es favorable o, por el contrario, fue denegada o rechazada. En caso de ser favorable, se debe descargar la solución. Si realizas el trámite con nosotros, la entrega de la solución puede tomar cerca de 1 o 2 días debido al alto volumen de soluciones que se manejan diariamente.
Si la solicitud de nacionalidad resulta favorable, también debes proceder con la jura. Durante este proceso, debes comprometerte a obedecer las leyes españolas y elegir tus apellidos.
La jura puede realizarse ante el Registro Civil o Notario. Si eliges el Registro Civil, que tengan sede donde presentaste la solicitud.
Después de completar la jura, se debe esperar a recibir la literal de nacimiento para poder solicitar el DNI, pasaporte español y certificado de concordancia de datos
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