¿Cómo puede obtener la residencia mi hijo menor de edad nacido en España?

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¿Qué es y quién se beneficia de la residencia del hijo menor de edad nacido en España?

Si tu hijo es nacido en España, podrás solicitar una residencia, la cual es una autorización de residencia que adquieren los hijos nacidos en España de extranjero, permitiéndole una estadía legal en España.

Los hijos nacidos en España de padre o madre que sean reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria podrán optar entre solicitar la extensión familiar del derecho de protección internacional o una autorización de residencia, en función del interés superior del menor.

En el caso de hijo nacido en España de un extranjero titular de una autorización de residencia por reagrupación familiar en condición de descendiente de otro residente, aquel adquirirá una autorización de residencia por reagrupación familiar dependiente de su progenitor.

¿Qué requisitos de cumplir para solicitar la residencia para mi hijo menor de edad nacido en España?

  • No ser ciudadano comunitario, ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Que el hijo haya nacido en España.
  • Que el progenitor (cualquiera de ellos) sea residente legal. No cuenta que el progenitor esté en trámite de alguno de los procedimientos para estar legal, debe tener la resolución favorable para poder cumplir con este requisito.

¿Qué documentación se debe presentar para la solicitud de la residencia de mi hijo menor de edad nacido en España?

  • Impreso por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el padre o madre del menor. Que podrá ser:
    • Si se solicita residencia temporal: EX–01
    • Si se solicita residencia por reagrupación familiar: EX -02
    • Si se solicita residencia de larga duración: EX-11
  • Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del menor.
  • Certificado de nacimiento del menor.

¿Si deseo renovar la residencia de mi hijo menor de edad nacido en España?

Las renovaciones de estas autorizaciones de residencia seguirán los trámites y el procedimiento establecido para las autorizaciones de residencia de los familiares reagrupados.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar la residencia del hijo menor de edad nacido en España?

El padre o madre residente legal del menor extranjero nacido en España deberá presentar personalmente ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el menor extranjero tenga fijado el domicilio para solicitar dicha residencia del hijo menor nacido en España.

El plazo de resolución de la solicitud tendrá 90 días (tres meses) contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia, el progenitor deberá solicitar personalmente, acompañado del menor, la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente a la provincia donde se haya tramitado la autorización.

¿Cuáles son los documentos para la toma de huellas de la residencia de un hijo menor de edad nacido en España?

  • El pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción del menor para acreditar la identidad.
  • Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17).
  • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

¿Cuándo el menor de edad nacido en España puede solicitar la nacionalidad?

Transcurrido un año de haber tenido la residencia, el hijo menor de edad nacido en España podrá solicitar la nacionalidad española por nacimiento gracias al artículo 22.2

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