La residencia profesional altamente cualificado es un permiso para realizar una actividad laboral por cuenta ajena en España como profesional altamente cualificado, directivo de empresas que cumplan determinadas condiciones establecidas en la normativa vigente o como graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio.
Los familiares del trabajador podrán beneficiarse de esta residencia si cumple con los siguientes supuestos:
- Cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos que dependan económicamente del trabajador y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
- Los ascendientes que estén a cargo del trabajador.
Documentos necesarios para el trabajador:
- Formulario de solicitud de visado nacional.
- Una fotografía reciente.
- Pasaporte válido y en vigor. El pasaporte deberá tener una validez mínima de un año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
- Autorización de residencia.
- Certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos cinco años, legalizado y apostillado, no debe tener una antigüedad mayor a 90 días.
- Prueba de la residencia en la demarcación consular.
- Prueba la identidad y capacidad del representante.
- Abono de la tasa de visado.
Documentos necesarios para los familiares:
Para cada familiar que acompañe al trabajador se presentará:
- Todos los requisitos mencionados en los apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8. En su caso, también el 7. Para los menores de edad, la solicitud de visado será firmada por uno de sus progenitores o por el representante debidamente acreditado.
- Documentos que prueben la relación de parentesco con el trabajador: certificados de nacimiento o matrimonio expedidos por el registro civil, certificado de registro como pareja de hecho o cualquier otro documento que pruebe la relación como pareja no registrada.
- En el caso de los hijos mayores de edad, documentos que prueben la dependencia económica y el estado civil del hijo.
- En el caso de los ascendientes, documentos que prueben que están a cargo del trabajador.
La solicitud de visado se presentará personalmente por el interesado. También se puede presentar a través de un representante debidamente acreditado. Es necesario solicitar cita previa a través del sistema. El trámite de solicitud es personal, en todos los casos y circunstancias, en el Consulado de España del país donde se tiene la residencia legal.
La Oficina Consular entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que permite verificar el estado de tramitación del expediente a través del enlace. El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. Si es denegada se notificará siempre por escrito, expresando los motivos en los que se basa la decisión adoptada. En caso de denegación, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la denegación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de denegación o de desestimación del recurso de reposición.
De ser aprobada la residencia, se debe retirar personalmente por el interesado o por su representante, sin necesidad de cita, en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución favorable.
Para renovar la residencia profesional altamente cualificado:
En el momento en el que nos vaya a caducar la tarjeta tendremos dos plazos para hacer la renovación:
- En los 60 días previos a la caducidad de esa tarjeta.
- O bien en los 90 días posteriores a dicha caducidad.
Es recomendable realizar la renovación dentro de los 60 días previos a la caducidad de la tarjeta, ya que la Unidad de Grandes Empresas tiene la potestad de multarnos por dejar caducar la autorización.
Por lo tanto, la Unidad de Grandes Empresas exigirá haber estado trabajando durante esos dos años de residencia.
Es decir, se debe que acreditar en el momento de la renovación los documentos pertinentes que se sigue trabajando dentro de la misma empresa y con las mismas funciones.
De igual forma, si deseas una asesoría más personalizada, te invitamos a agendarla en la siguiente web https://tugestionespana.com/asesorias