Divorciarse o anular una pareja de hecho con un ciudadano español plantea muchas dudas sobre la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, también conocida como tarjeta comunitaria. En España, esta tarjeta permite a los cónyuges o parejas extranjeras residir y trabajar en igualdad de condiciones con un español. Sin embargo, el vínculo matrimonial es la base del permiso, por lo que al disolverse surgen varias preguntas: ¿se pierde automáticamente la tarjeta? ¿Qué debo hacer para conservar mi estatus? Este artículo responde a estas cuestiones y ofrece una guía sencilla dirigida a residentes extranjeros en España que obtuvieron su residencia por matrimonio con un español.
¿Se pierde la tarjeta comunitaria al divorciarse?
La respuesta corta es no. La disolución del matrimonio no elimina automáticamente el derecho de residencia, pero sí exige cumplir ciertos requisitos y comunicar la nueva situación a las autoridades. El artículo 9 del Real Decreto 240/2007 establece que el divorcio, separación legal o cancelación de la pareja registrada no afecta al derecho de residencia de los miembros de la familia, aunque impone la obligación de notificar. Esta comunicación a Extranjería es esencial para regularizar la situación y evitar problemas en el futuro.
Obligación de notificar el divorcio
Al producirse la sentencia firme de divorcio, la persona extranjera debe informar a la Oficina de Extranjería o comisaría de policía correspondiente. Aunque muchas guías prácticas mencionan un plazo de tres meses para la notificación, la normativa de la Policía Nacional establece que transcurridos seis meses desde el divorcio, salvo que ya se tenga residencia permanente, el excónyuge extracomunitario debe solicitar una nueva autorización de residencia En cualquier caso, se aconseja comunicar el divorcio lo antes posible y aportar la documentación que acredite que se cumplen los requisitos legales.
Si es tu caso, te sugerimos contactar a un especialista para que analice tu situación personal y pueda decirte cuál es el camino más conveniente en función de tus posibilidades. Puedes consultar aquí.
Requisitos para conservar el derecho de residencia
El artículo 9.4 del Real Decreto 240/2007 detalla las condiciones que permiten mantener la tarjeta comunitaria tras el divorcio. Para conservar la residencia se debe acreditar al menos uno de los siguientes supuestos:
- Matrimonio o pareja de hecho de al menos tres años: la relación debe haber durado tres años antes del inicio del procedimiento de divorcio, nulidad o cancelación, con al menos un año de convivencia en España.
- Custodia de hijos comunes: el excónyuge extranjero conserva la residencia si, por acuerdo mutuo o decisión judicial, tiene la custodia de los hijos del ciudadano de la UE.
- Circunstancias especialmente difíciles: haber sido víctima de violencia doméstica o haber sido sometido a trata de seres humanos. La ley acepta como prueba provisional una orden de protección o un informe del Ministerio Fiscal y, de manera definitiva, la sentencia judicial que reconozca los hechos.
- Derecho de visita de un hijo menor: cuando un juez o un acuerdo mutuo establece un régimen de visitas a favor del excónyuge extranjero respecto a un hijo menor que resida en España.
Conviene guardar certificados de empadronamiento, convenios de custodia y cualquier documento que demuestre que se cumple uno de estos supuestos.
Proceso de solicitud y plazos clave
1. Notificación a Extranjería
Una vez dictada la sentencia de divorcio, se debe presentar una comunicación por escrito a la Oficina de Extranjería o a la comisaría de policía donde se resida. Con la notificación se adjuntan:
- Copia de la sentencia firme de divorcio o certificado de cancelación de la pareja registrada.
- Pasaporte en vigor y tarjeta de residencia actual.
- Documentación acreditativa del supuesto que permite conservar la residencia (certificado de empadronamiento para demostrar la duración del matrimonio en España, convenio regulador o sentencia de custodia, orden de protección, etc.).
Aunque la normativa habla de un plazo de seis meses para solicitar la nueva autorización de residencia, empezar el trámite en cuanto se obtenga la sentencia facilita cumplir los plazos y evita sanciones por notificar tarde.
2. Solicitud de una nueva autorización
Si se cumplen los requisitos del régimen comunitario, la Oficina de Extranjería suele mantener la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE hasta su caducidad. No obstante, antes de que transcurran los seis meses, el excónyuge debe tramitar una modificación de su autorización con base en el artículo 96.5 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000. Para ello es imprescindible demostrar:
- Que se está trabajando (por cuenta ajena o propia) y cotizando a la Seguridad Social, o que se dispone de recursos económicos suficientes para sostenerse a sí mismo y a su familia.
- Que se cuenta con cobertura sanitaria a través de la Seguridad Social o de un seguro médico privado. Esta exigencia se mantiene hasta obtener la residencia permanente.
Si no se cumple ninguno de los supuestos del régimen comunitario, habrá que solicitar una autorización de residencia en régimen general, como cualquier otro inmigrante: permiso de residencia y trabajo, autorización no lucrativa o de estudios, según corresponda.
3. Renovación y acceso a la residencia permanente
La tarjeta comunitaria temporal tiene una vigencia de cinco años. Al llegar su vencimiento, si el extranjero ha acumulado cinco años de residencia legal en España, puede solicitar la residencia de carácter permanente. Esta residencia permanente no requiere acreditar empleo ni recursos económicos y no se pierde por divorciarse. Para obtenerla es necesario justificar la residencia continuada y, una vez concedida, se expide una tarjeta de familiar de la UE permanente.
En caso de no haber alcanzado los cinco años, se renovará la tarjeta temporal por el periodo restante hasta completar dicho plazo, siempre acreditando que se han seguido cumpliendo los requisitos después del divorcio.
4. Plazos y documentación resumidos
Trámite o situación | Plazo recomendado / legal | Documentos clave |
Notificación del divorcio a Extranjería | Dentro de los primeros meses tras la sentencia; la Policía Nacional permite un máximo de 6 meses para solicitar nueva autorización | Sentencia de divorcio, tarjeta comunitaria, pasaporte y pruebas del supuesto que permite conservar la residencia |
Solicitar nueva autorización (art. 96.5 RD 557/2011) | Antes de cumplir 6 meses desde el divorcio | Acreditar empleo o recursos suficientes, seguro médico, documentos que prueben los requisitos del art. 9.4 |
Renovación de la tarjeta comunitaria | Al vencer la tarjeta (generalmente 5 años) | Certificado de residencia continuada y prueba de que se cumplieron los requisitos tras el divorcio |
Solicitud de residencia permanente | Tras 5 años de residencia legal | Certificado de empadronamiento, contrato de trabajo o medios económicos, tarjeta comunitaria vigente |
Tarjeta comunitaria vs. residencia permanente
A continuación se comparan los derechos y obligaciones de la tarjeta comunitaria temporal y de la residencia permanente:
Aspecto | Tarjeta comunitaria (temporal) | Tarjeta de residencia permanente |
Duración | Vigencia inicial de 5 años | Vigencia de 10 años (renovable) |
Dependencia del vínculo con el ciudadano español | Sí: la tarjeta se concede por el matrimonio y, tras el divorcio, se exige cumplir ciertos supuestos para conservarla. | No: la residencia permanente es independiente del vínculo matrimonial |
Requisitos económicos | Se debe demostrar empleo o recursos suficientes hasta obtener la residencia permanente | No se exige acreditar medios económicos; solo se pierde por ausencias prolongadas (más de dos años consecutivos) |
Renovación | Debe renovarse al caducar; la administración comprueba que se siguieron cumpliendo los requisitos tras el divorcio | Renovación automática cada 10 años; se mantiene aunque cambien las circunstancias personales |
Derecho a trabajar | Sí, en igualdad de condiciones con los españoles mientras la tarjeta esté vigente | Sí, sin restricciones |
Consejos para asegurar tu residencia tras el divorcio
- Organiza tus documentos. Guarda actas de matrimonio, certificados de empadronamiento, pruebas de convivencia y documentos que acrediten la duración de la relación o la existencia de hijos en común. Aportar pruebas sólidas facilita demostrar que se cumple alguno de los supuestos legales.
- Notifica el divorcio con rapidez. Aunque legalmente existe hasta seis meses para solicitar la nueva autorización, comunicarlo inmediatamente evita contratiempos y demuestra tu voluntad de cumplir la ley.
- Asegura tus ingresos o recursos. Para continuar en régimen comunitario deberás acreditar que trabajas o que dispones de medios económicos. Si no estás empleado, busca un contrato o considera un permiso de residencia en régimen general.
- Contrata un seguro de salud. El acceso a la sanidad pública está condicionado a estar dado de alta en la Seguridad Social o disponer de un seguro médico privado. No descuides este requisito.
- Busca asesoramiento profesional. Cada situación es diferente. Un abogado de extranjería o una asociación de apoyo a inmigrantes puede ayudarte a preparar la documentación y a elegir la vía más adecuada.
- Planifica la residencia permanente. Completar cinco años de residencia legal te permitirá acceder a la residencia de larga duración, que no depende del estado civil y ofrece mayor estabilidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para notificar mi divorcio?
Lo más prudente es comunicar la sentencia de divorcio a Extranjería en cuanto sea firme. La Policía Nacional indica que, tras el divorcio, se dispone de hasta seis meses para solicitar una nueva autorización. No esperes al último momento; informar cuanto antes evita complicaciones.
¿Qué pasa si mi matrimonio duró menos de tres años?
Si la relación duró menos de tres años y no se cumple ninguna de las otras condiciones (custodia de hijos, circunstancias difíciles o derecho de visita), no podrás mantener la tarjeta comunitaria y tendrás que solicitar una autorización de residencia en régimen general. Aun así, deberás notificar el divorcio y consultar qué tipo de permiso se ajusta a tu situación.
¿Pierdo mi tarjeta comunitaria si no tengo empleo?
No necesariamente. Para conservar la tarjeta deberás demostrar recursos económicos suficientes y cobertura sanitaria. Si no trabajas, podrás aportar ahorros o ingresos regulares de otra fuente. Si no cumples los requisitos, considera cambiar a una autorización de residencia diferente.
¿Qué diferencia hay entre la tarjeta comunitaria temporal y la residencia permanente?
La tarjeta comunitaria temporal dura cinco años y depende del vínculo con el ciudadano de la UE. La residencia permanente, en cambio, se obtiene tras cinco años de residencia legal, no depende del matrimonio y no exige demostrar medios económicos. Además, las tarjetas permanentes suelen tener una vigencia de diez años y otorgan mayor estabilidad.