Arraigo Socioformativo 2025

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Sabemos lo que significa emigrar

Desde el 20 de mayo de 2025 existe el arraigo socioformativo, una autorización de residencia de 1 año que se concede a quienes demuestran dos años de permanencia continuada y se comprometen a realizar una formación oficial. Es la vía más nueva –y flexible– para pasar de la irregularidad a un permiso de residencia y trabajo. Por ello, en el siguiente artículo te explicamos con detalle este procedimiento migratorio.

¿Qué es el Arraigo Socioformativo?

El Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024 renombró el antiguo “arraigo para la formación” y lo incluyó como una de las cinco figuras de arraigo (art. 125.d). Permite residir un año mientras se cursa:

  • Bachillerato, FP de grado medio o superior, enseñanzas artísticas/deportivas.
  • Certificados de profesionalidad (Grado C, niveles 1‑3) o cursos del SEPE vinculados al catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.
  • Un mínimo del 50 % debe ser presencial.

Durante ese año podrás trabajar por cuenta ajena hasta 30 h/semana con al menos el SMI proporcional.

Requisitos para el Arraigo Socioformativo

1. Permanencia en España 2 años

Debes acreditar estancia continuada mediante padrón, historiales médicos, recibos, etc.

2. Situación irregular y sin antecedentes

No tener permiso vigente ni condenas penales en los últimos 5 años.

3. Compromiso de formación homologada

Presenta matrícula o preinscripción en un centro autorizado. Si la matrícula se abre más tarde, tienes hasta 3 meses tras la concesión para aportarla; de lo contrario se extingue la autorización..

4. Informe de integración social favorable 

Debe ser emitido por tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento con plazo máx. de 1 mes, validez de 6 meses y coste 0 €. 

Tip: Pide el informe un mes antes de presentar tu solicitud para no retrasar el expediente.

Arraigo Socioformativo: Informe de Integración

La Comunidad de Madrid ya tramita el informe de forma telemática Comunidad de Madrid, mientras Galicia lo hace mediante el procedimiento BS663

Paso¿Qué necesitas?¿Dónde se hace?
1Reúne pasaporte completo, pruebas de 2 años, antecedentes penales, preinscripción y informe SEM 4/2025
2Presenta el Modelo EX‑10 (presencial con cita o online con cl@ve)Oficina de Extranjería provincial
3Paga la tasa 790‑052 (≈ 10,94 € aprox.)Banco o sede electrónica
4Espera resolución (máx. 3 meses; silencio negativo)
5Concedido → cita para la TIEPolicía Nacional

Según las Instrucciones SEM 4/2025, el informe:

  • Órgano emisor: CCAA/Ayuntamiento de tu padrón.
  • Plazo: 1 mes.
  • Validez: 6 meses.
  • Contenido mínimo: pruebas de residencia 2 años, vivienda y medios de vida, participación formativa y respeto de valores democráticos.

Si no llega a tiempo, la Extranjería te da 15 días para aportar documentación sustitutiva (empadronamiento, contratos, recibos, etc.)

Preguntas frecuentes sobre el arraigo socioformativo 

¿Cuánto tarda la resolución?
Hasta 3 meses; si no te contestan, se considera denegada (“silencio negativo”)

¿Puedo cambiar de curso?
Sí, siempre que el nuevo programa cumpla los requisitos y lo comuniques antes de los 3 meses.

¿Qué pasa si suspendo o abandono?
Se extingue la autorización (art. 132 y 127.d) BOE.

¿Y después del primer año?
Con el título aprobado y un contrato a jornada completa puedes modificar a residencia y trabajo de 2 años.

Conclusión

El Arraigo Socioformativo combina formación oficial más el permiso de residencia y ofrece una puerta de entrada realista para quienes ya llevan dos años en España. Organízate:

  1. Matrícula en un curso alineado con estudios oficiales.
  2. Solicita tu informe de integración social con un mes de margen.
  3. Guarda pruebas de estancia (padrón, recibos, históricos médicos).
  4. Revisa que tu solicitud incluya todos los documentos y tasas para evitar retrasos.

Con una buena preparación podrás transformar tu situación irregular en oportunidades laborales reales en solo un año. 

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