En octubre de 2025 muchos viajeros oyeron que “empieza el nuevo permiso para entrar a Europa”. Sin embargo, en realidad lo que inicia en octubre de 2025 es el Sistema de Entradas y Salidas (SES); mientras que el ETIAS —la autorización previa para nacionales exentos de visado— aún no está vigente y su lanzamiento se prevé para finales de 2026.. Por ello, en este artículo te ofrecemos información oficial sobre esta autorización.
¿ETIAS está vigente en octubre de 2025?
No. El ETIAS no operará en octubre de 2025. Según la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior, confirman que se lanzará en el último trimestre de 2026. Por ende, cuando se acerque la fecha, la Unión Europea lo anunciará con antelación. Hasta entonces, no hay que tramitar ETIAS.
Entonces, ¿qué sí entra en vigor en 2025?
El Sistema de Entradas y Salidas (SES) comienza el 12 de octubre de 2025 y sustituye progresivamente el sellado manual del pasaporte por un registro biométrico (huellas y foto) al cruzar fronteras exteriores del espacio Schengen. Habrá despliegue por fases durante unos seis meses.

¿Cómo funcionará ETIAS para viajes de corta estancia?
- Trámite 100% online (web/app oficiales con dominio .europa.eu).
- Coste oficial: 7 € (advertencia sobre webs no oficiales que cobren de más).
- Validez: hasta 3 años o hasta que caduque el pasaporte —lo que ocurra primero—; sirve para múltiples viajes de corta estancia.
- Plazos: la mayoría de solicitudes se resuelven en minutos. Los casos que requieran revisión pueden tardar más días.
- Alcance: no es un visado, ni autoriza a trabajar o residir. Solo viajes de hasta 90 días en 180 por turismo, negocios u otros supuestos permitidos.
TIP
Cuando esté operativo, convendrá solicitar la autorización con tiempo y viajar con el mismo pasaporte usado en la solicitud (la autorización queda vinculada a ese documento).
Viajeros de América Latina: ¿quiénes necesitarán ETIAS?
- Países latinoamericanos hoy exentos de visado Schengen. Por ejemplo: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Entonces, viajando sin visado para estancias cortas y cuando el ETIAS entre en vigor, deberán tramitarlo antes de volar.
- Países que sí necesitan visado Schengen (no sujetos a ETIAS):Bolivia, Cuba, Ecuador y República Dominicana —Anexo I del Reglamento—. Los nacionales de estos países deben seguir solicitando visado.
ETIAS para turistas, estudiantes y viajes de negocio
- Turismo y negocios no remunerados (menos de 90 días): una vez activo ETIAS, los nacionales exentos deberán obtener la autorización previa además de cumplir requisitos de entrada (pasaporte, medios económicos, seguro, etc.). EES registrará su entrada/salida; ETIAS se verificará electrónicamente.
- Trabajo remunerado o estancias largas: ETIAS no habilita a trabajar ni a residir; si la actividad lo exige o la estancia supera 90 días, corresponderá un visado o permiso nacional (estudios, trabajo, etc.).
- Estudios de corta duración (menos de 90 días): cuando ETIAS esté en marcha, bastará con la autorización para quienes hoy no requieren visado; para estudios de >90 días, seguirán los visados nacionales de estudios.