Estudiar en España 2025 es una de las formas para residir en el país. Incluso, es una de las formas más factibles cuando careces de conexiones familiares para ser español. Sin embargo, hay dos maneras de realizar el procedimiento migratorio mediante una visa o una estancia.
Por ello, en el siguiente artículo te explicaremos la diferencia entre cada una además de explicar qué familiares puedes incluir en la solicitud.
Diferencia entre estancia y visa de estudio en España
Si estás interesado en estudiar en España 2025 debes saber que puedes solicitar una visa o una estancia. Ambos son procesos diferentes.

Visa de estudio
Es un documento que necesitas solicitar si vienes desde fuera de la Unión Europea o del Espacio Schengen y deseas residir en España con fines de estudio. Este visado se tramita en el consulado español de tu país de origen antes de viajar. Es una autorización inicial para entrar y permanecer en España como estudiante.
Estancia de estudio
Es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
¿Qué tipo de estudio te permitirá residir en España?
Ante la llegada de la reforma del Reglamento de Extranjería, te recomendamos realizar estudios superiores como grados (programas de estudio de 5 años), doctorados y master oficiales.
En ese sentido, para verificar si un máster es oficial en España, puedes consultar el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), que es la base de datos oficial del Ministerio de Educación.
Reagrupación familiar por estudiar en España 2025
Puedes incluir a ciertos familiares en tu solicitud siempre que cumplas los requisitos e incluyas en tu petición la intención de incluir a tus seres queridos. Es válido tanto en el visado como en la residencia.Te resumimos este apartado a continuación:
Puedes incluir al cónyuge, pareja registrada, hijos menores de 18 años o hijos mayores con discapacidad que dependan económicamente por razones de salud.
Proceso de solicitud:
- Presentación: El familiar o su representante debe gestionar la solicitud en la embajada o consulado español correspondiente a su lugar de residencia.
- Momento de solicitud: Debe realizarse junto con el visado del estudiante.
Requisitos clave:
- Medios económicos: Demostrar recursos suficientes para cubrir las necesidades de toda la familia.
- Vínculo familiar: Acreditar relación legal (matrimonio, pareja de hecho) o filiación.
- Dependencia en hijos mayores: Presentar documentos médicos o legales que justifiquen la incapacidad de autosostenerse.
Condiciones de estancia:
- La autorización de los familiares estará vigente mientras sea válida la del estudiante y bajo las mismas condiciones.
- Si la estancia supera 6 meses, deben obtener una tarjeta de identidad de extranjero.
Restricciones:
- Prohibición absoluta de realizar actividades laborales o económicas remuneradas durante su estancia.
Requisitos para solicitar una estancia de estudios
Según el ente correspondiente son los siguientes:
Elegibilidad general
- No ser ciudadano de la UE, Espacio Económico Europeo (EEE), Suiza, ni familiar de estos bajo régimen comunitario.
- No estar registrado como inadmisible en países con acuerdos de rechazo territorial con España.
Condiciones para solicitantes dentro de España
- Estatus migratorio legal en territorio español al momento de la solicitud.
- Presentar la petición dentro de los 90 días como turista y con una máxima de tres meses antes de iniciar el ciclo de estudio.
Recursos económicos:
Demostrar medios suficientes para cubrir:
Estancia personal: 100% del IPREM mensual (salvo acreditación de alojamiento prepago).
Familiares: 75% del IPREM para el primer familiar y 50% para cada adicional (también excluyendo alojamiento prepago).
Los fondos destinados a matrícula o estudios no se consideran para este cálculo.
Documentación obligatoria:
- Comprobante de pago de la tasa de tramitación.
- Seguro médico público o privado con cobertura en España.
- Admisión formal en un centro educativo español autorizado, para un programa a tiempo completo con validez académica.
Requisitos adicionales para menores de edad no acompañados:
Autorización parental o tutelar, especificando el centro educativo responsable y el periodo de estancia.
Exigencias para estancias >6 meses:
Los mayores de edad penal deben presentar certificado de ausencia de delitos en España y países de residencia previa (últimos 5 años).
Acreditar no padecer enfermedades de impacto grave en salud pública (según Reglamento Sanitario Internacional, 2005).