El tiempo de resolución de la solicitud de nacionalidad por residencia varía según por que vía se aplique. Actualmente existen 3 vías por donde puedes presentar tu expediente de nacionalidad por residencia, lo puedes hacer a través del Ministerio de Justicia, Colegio de Gestores o por el Colegio de Abogados. En este artículo explicaremos la diferencia entre ellos y los tiempos según qué vía se presente.
Antes de empezar es importante aclarar que los tiempos indiferentemente de las vía que escojas varían mucho, por lo que no hay un tiempo definido y dependen del Ministerio de Justicia. La opción de la plataforma del Ministerio de Justicia es la única que un residente puede hacer por su propia cuenta, es decir, que puede presentar su expediente sin contratar ningún servicio. También decir que las vías del Colegio de Gestores y Colegio de Abogados son un puente que «acortan el camino» hacia el Ministerio de Justicia.
Ministerio de Justicia
Por esta vía puede acceder cualquier persona para actuar de forma propia o en nombre de otra con mandato, los tiempos de resolución de los trámites presentados a través de esta vía suelen rondar los 2 años (24 meses) de duración.
Colegio de Gestores
Por esta vía solo pueden acceder los Gestores Administrativos colegiados, y gracias al convenio del gremio con el Ministerio de Justicia estos expedientes cumplen con pasos previos de verificación antes de su presentación y el tiempo de resolución es más expedito.
Colegio de Abogados
Esta vía solo está disponible para abogados colegiados en el Ilustre Colegio de Abogados. Desde el Ministerio de Justicia están dando prioridad a las solicitudes presentadas desde el Colegio de Abogados de Madrid ya que en el convenio firmado, el plazo de resolución debe ser de 6 a 12 meses.
En Tu Gestión España realizamos el acompañamiento en la solicitud de de la nacionalidad por residencia a través del Ministerio de Justicia y el Colegio de Gestores.
A continuación te indicamos los requisitos generales que te tendrás que aportar para la solicitud de la nacionalidad por residencia:
- El modelo de solicitud normalizado.
- La tarjeta de identidad de extranjero o tarjeta de familiar de extranjero ciudadano de la Unión Europea.
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen (en el caso de ser Venezuela, este se puede presentar aún si esta caducado).
- Partida de nacimiento debidamente legalizada y apostillada con una vigencia máxima de 6 meses. En el caso de estar en otro idioma tiene que estar traducido.
- Certificado de antecedentes penales apostillado con una vigencia máxima de 3 meses. En el caso de estar en otro idioma tiene que estar traducido.
- En el caso de estar casado con un español y tener el matrimonio registrado en España cuando la solicitud es a partir de un año, el certificado de matrimonio.
- Certificado a empadronamiento en el caso de ser la vía del Ministerio de Justicia.
- Diplomas del instituto Cervantes de la prueba de Conocimientos Constitucionales, Socioculturales ( CC y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE) en el caso de ser necesario).
En Tu Gestión España realizamos todo tipo de trámites en materia de extranjería, no dudes en asesorarte con nosotros.