«Cómo va lo mio» es una sección del portal de la sede del Ministerio de Justicia donde podrás ver cómo va tu expediente de la nacionalidad y por cuál fase se encuentra. En este artículo explicaremos cada una de estas fases y cómo entrar al portal de la sede electrónica.
Para acceder a la sección de cómo va lo mio tienes que acceder al portal de consulta de nacionalidad en la sede del Ministerio de Justicia. En esta página tendrás que rellenar 3 campos que están conformados por lo siguiente:
- NIE
- Número de expediente
- Año de presentación
Estos datos los podrás extraer de tu resguardo de presentación en donde verás el NIE, el número de expediente y el año de presentación. Aquí abajo te dejamos un ejemplo de un resguardo y las ubicaciones de los datos que necesitas para rellenar todos los campos.

Así mismo, debemos describir las fases del expediente de solicitud de nacionalidad, que son las siguientes:
- Abierto – registrado: se da, una vez que el interesado registra la solicitud y adjunta la documentación, sin ninguna incidencia en la presentación.
- Abierto – en tramitación: se encuentra en esta fase una vez que se inician los trámites por parte de la Administración para resolver la solicitud, cuando se ha recibido correctamente toda la documentación, pero aún no se han pedido los informes preceptivos.
- Pendiente de solicitud de los informes preceptivos: a través de la solicitud de estos informes, la Administración se podrá asegurar del cumplimiento de todos los requisitos, por lo que solicita a otros entes de la propia Administración, lo siguiente:
- Al Registro Central de Penados, para acreditar la carencia o existencia de antecedentes penales que constan en el Registro Central de Penados en la fecha que son expedidos.
- Al Cuerpo Nacional de Policía, los antecedentes policiales del interesado.
- Al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), para verificar si los datos del interesado están en sus bases de datos en caso de haber sido investigado.
- También al Cuerpo Nacional de Policía, la verificación del periodo mínimo de residencia continuada en España.
- Pendiente respuesta informes preceptivos solicitados: Una vez solicitada toda la documentación necesaria por parte del Ministerio de Justicia, el expediente pasa a este estado.
- En estudio: el expediente está en esta fase, una vez que han llegado todos los informes preceptivos solicitados, deben pasar a estudiarlos y emitir una respuesta, que puede ser la resolución correspondiente, o a requerir algún documento adicional que sea necesario.
- Requerido: en caso de que el expediente esté incompleto o el funcionario encargado tenga dudas sobre este, pasará a fase «Abierto- En tramitación: Requerido», en este punto se debe notificar al interesado solicitándole la documentación faltante, quien tiene la obligación de responder la solicitud. O,
- Pendiente de firma: si no falta ningún documento adicional, se inicia una propuesta de resolución, en cuyo caso, al estar en esta fase, se entiende que solo faltaría dictar oficialmente dicha resolución y firmarla.
- En calificación: paralelo a la fase anterior, podemos encontrarnos en esta, que refiere, al momento en que la Administración tiene los informes necesarios y han sido estudiados, pero aun no ha tomado la decisión sobre conceder o no la nacionalidad.
- Concedido: si el expediente pasa a esta fase, es porque finalmente se ha otorgado una resolución favorable, caso en el cual se debe notificar al solicitante, quien una vez notificado, tiene un plazo de ciento ochenta (180) días para realizar la jura de la nacionalidad.
- Expediente archivado: después de la calificación, el expediente puede pasar a la fase anterior, o bien puede ser archivado, lo cual ocurre en caso de que el solicitante lo haya solicitado, o de oficio por parte del Ministerio de Justicia por considerar que existe una causa de archivo.
- Nacionalidad denegada: el expediente pasará a este estado en caso de que la solicitud de nacionalidad española haya sido resuelta como no favorable (denegada), en este caso también se debe notificar al interesado.
- Expediente en vía de recurso: Si tras la denegación de la solicitud, el interesado recurre esa resolución, el expediente pasará a este estado, mientras se analiza dicho recurso.
- Estimado por recurso de reposición: una vez estudiado el recurso, este puede ser aprobado (estimado), pero si todavía no lo ha firmado el Director General de los Registros y del Notariado, se encontrará en este estado.
- Desestimado recurso de reposición: si se desestima el recurso, el expediente pasará a este estado, caso en el cual se tiene por agotada la vía administrativa, y el solicitante solo podrá recurrir por vía jurisdiccional a través de un Recurso Contencioso Administrativo.
De esta manera podrás mirar como va tu expediente de nacionalidad y sabrás que significa cada una de sus fases para así poder estar siempre al tanto y perder el menor tiempo posible en tu procedimiento de obtención de la nacionalidad española.

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