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El arraigo social sin contrato de trabajo es una de las formas de residir en España legalmente después de la modificación del Reglamento de Extranjería en el año 2022. En este artículo, vamos a abordar someramente qué es, cuáles son sus requisitos y cómo lograrlo si no tienes una oferta de empleo.
Requerimientos infalibles para solicitar el arraigo social
Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
- Residir en España durante mínimo tres años de forma continuada, es decir, no sobrepasar los 120 días fuera del territorio.
- Carecer de antecedentes penales
- Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido (también puedes solicitarlo por cuenta ajena o por medios económicos).
- Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) o bien, presentar un informe de arraigo que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
¿Cómo solicitar arraigo social sin contrato?
Si no tienes un contrato de trabajo puedes solicitar el arraigo bajo la figura de trabajo por cuenta propia o por recursos económicos.
Cuenta propia
Aplica para personas que sean autónomas así como para quienes deseen tener un emprendimiento o empresa. En este caso, el requisito de contrato de trabajo es sustituido por la figura de trabajo por cuenta propia.
Recuerda, cuando decides ser autónomo y llevar a cabo un proyecto de emprendimiento este debe ser avalado por organización que auspicie a los autónomos como la UPTA y luego, someterlo a consideración de extranjería para la aprobación, o no, del arraigo.
Recursos económicos propios
Cuando dispones del dinero necesario para vivir y mantenerte en España, no es necesario el requisito de la oferta laboral. Aunque no exista un monto obligatorio por ley, se debe demostrar una pensión mínima no contributiva en la seguridad social de aproximadamente 6.000 euros al año.
Tanto en la situación de proyecto de emprendimiento y recursos económicos propios debes poseer el Informe de Inserción Social que autorice el arraigo social.
Resumen: arraigo social sin contrato de trabajo
Es posible solicitar arraigo social sin una oferta de empleo, solo debes cumplir con los requisitos, la documentación y poder sostener tu estatus como trabajador por cuenta propia o demostrar que tienes los recursos económicos suficientes. Recuerda, si tienes dudas sobre tu caso personal es recomendable tomar una asesoría con el abogado del despacho Alejandro Scudiero aquí