Regularización extraordinaria de personas extranjeras en España – 2026

El Gobierno de España ha iniciado la tramitación de un proceso extraordinario de regularización.
El procedimiento ya esta en vigor y fue publicado en el BOE.

El Gobierno de España ha iniciado la tramitación de un proceso extraordinario de regularización.
El procedimiento aún no está en vigor y está pendiente de publicación en el BOE.

proceso extraordinario, limitado en el tiempo (~2,5 meses)

¿A quién va dirigida la medida?

La Regularización Extraordinaria de Inmigrantes 2026 contempla 2 grupos:

1- Residencia por Circunstancias Excepcionales por Razón de Arraigo:

Personas que presentaron solicitud de protección internacional (asilo) antes del 01 de enero de 2026.

  • No deberán acreditar tiempo de permanencia.

Sí deberán aportar justificante oficial de la solicitud presentada en plazo

2 - Residencia por Circunstancias Excepcionales por Razón de Arraigo Extraordinario:

Extranjeros que hayan permanecido en España antes del 1 de enero de 2026 y se encuentren en situación irregular, así como aquellas personas que hayan solicitado asilo después de esa fecha.

 

La permanencia podrá acreditarse mediante documentación pública, privada o una combinación de ambas (empadronamiento, citas médicas, facturas, certificados, etc.).

Lo que el gobierno ha comunicado

Según las notas oficiales publicadas por el Gobierno:

Requisitos Generales:

  • Permanencia ininterrumpida durante al menos 5 meses en España al momento de la solicitud.
  • Carecer de antecedentes penales en España, en país de origen y en donde hayas residido en los últimos 5 años.
  • No representar una amenaza para el orden, la seguridad y la salud pública.
  • No tener prohibida la entrada al país ni aparecer como inadmisible en los países que tienen acuerdos firmados con España.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.

Toda la información esta basada en la publicación del BOE y fuentes oficiales 

¿Qué prevé el gobierno sobre la autorización?

La regularización extraordinaria prevé:

  • Autorización inicial de residencia y trabajo por 1 año
  • Posibilidad de continuidad posterior dentro del régimen general de extranjería
  • Computa para la nacionalidad española
  • Inclusión de hijos menores que se encuentren en España
  • Posibilidad de reagrupación familiar tras el primer año, conforme a la normativa aplicable

Cuando los plazos son limitados, equivocarse no es una opción:

puede significar retrasos, más gastos y seguir sin regularizar tu situación.

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Esta página tiene carácter exclusivamente informativo.
El proceso de regularización extraordinaria se encuentra en fase de tramitación normativa.
Cualquier actuación administrativa quedará supeditada a la publicación oficial del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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