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La nacionalidad española por simple presunción es un principio jurídico aplicado en el ámbito de la nacionalidad, que permite a los hijos de padres extranjeros nacidos en el país ibérico adquirir la nacionalidad española en casos donde, por ley, no se les atribuye la nacionalidad de sus padres o si ambos progenitores carecen de nacionalidad, así se evita que el menor quede en estado de apátrida.
¿Cuáles son los países que aplican a la nacionalidad española por el valor de simple presunción?
Las nacionalidades que pueden aplicar para este proceso son aquellas cuyas legislaciones permiten a los padres renunciar a transmitir su nacionalidad a sus hijos nacidos en España.
Algunos de los países que permiten este procedimiento incluye:
- Argentina
- Bolivia
- Brasil
- Cabo Verde
- Colombia
- Costa Rica
- Cuba
- Guinea Bissau
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- Portugal
- Santo Tomé y Príncipe
- Uruguay
Ambos padres deben compartir la misma nacionalidad o, en el caso de matrimonios mixtos, ambas nacionalidades deben estar incluidas en la lista de países que permiten la renuncia.
En caso de poder realizar la nacionalidad española por simple presunción
Si vas a solicitar la nacionalidad española por el valor de simple presunción estos son los requisitos que se deben presentar:
Recuerda: no puedes inscribir a tu bebé en el consulado de tu país de origen porque ya no podrías otorgarle la nacionalidad española por el valor de simple presunción
- Empadronamiento, demostrando que bebé vive con los padres en el mismo domicilio.
- Literal de nacimiento del bebé.
- Acta de nacimiento de padre y madre, legalizado (este documento procede del Registro Civil del país de origen), apostillado y traducido (si aplica).
- Copia del pasaporte completo de los padres así como de forma original
- Libro de familia con su debida copia.
- Certificado por parte del consulado en el que se establezca que el país de origen no reconoce la nacionalidad del menor.
En el caso de que los padres trabajen, aportar el contrato de trabajo y las nóminas de cada uno.
Que uno de los dos padres tenga una residencia legal. Debes tener presente que encontrarte en trámite de solicitud de asilo, no te hace residente, hasta tanto se emita una resolución que te otorgue tal residencia.
En caso de que el bebé nazca en España y debe solicitar la nacionalidad por residencia
Debes esperar a que el niño tenga un año de residencia legal para solicitar su nacionalidad española. No un año de vida, de residencia legal. Son diferentes y a veces se puede generar confusión.
Para conocer los requerimientos, te invitamos a ver el siguiente video realizado por el abogado del despacho, Alejandro Scudiero:
Recuerda, si tienes dudas sobre tu caso personal es recomendable tomar una asesoría con el abogado del despacho Alejandro Scudiero