Cuando un ciudadano extranjero opta por solicitar la protección internacional en España pueden ocurrir varios escenarios, el primero de ellos es que te aprueben el asilo, el segundo que te aprueben la residencia por razones humanitarias y por último que te denieguen ambas. En este artículo explicaremos que hay que hacer si nos deniegan la residencia por razones humanitarias, también agregaremos al final del mismo unas recomendaciones para evitar este escenario. Antes de empezar con los pasos a seguir en el caso de denegación de esta residencia explicaremos brevemente qué es.
¿Qué es la Residencia por Razones Humanitarias?
La Residencia por Razones Humanitarias es una autorización de residencia temporal, que se podrá conceder por circunstancias excepcionales que supongan un riesgo grave para la vida o integridad física de la persona interesada o de un miembro de su familia, y no dispongan de protección suficiente en el país de origen o de residencia, sin que se considere que éstas son razones para otorgarle el asilo, aun cuando requieren de cierta protección.
¿Qué hacer si me deniegan la Residencia por Razones Humanitarias?
Antes de empezar las instrucciones a seguir en caso de denegación es de suma importancia aclarar que esta denegación no es el fin de tu proceso migratorio en España. Hay que ver el proceso de Asilo como un procedimiento para ganar tiempo para luego optar a otra figura que te permita residir en España, como pueden ser las de arraigo. Es cierto que al final del texto de la resolución que te deniega la protección internacional se indica que tienes 15 días para salir de España, sin embargo, esto no es una carta de expulsión. Lo primero que hay que hacer es evaluar tu caso para ver si cumples con las condiciones para que puedas optar a un Arraigo, que puede ser Laboral, Social o un Arraigo para la Formación.
En el caso que no cumplas con estas figura no pasa nada, la siguiente opción que tienes es introducir un recurso potestativo de reposición. El Recurso Potestativo de Reposición es una acción que interpone el interesado contra actos administrativos, que no están ajustados a derecho o dan respuesta negativa a las pretensiones del interesado, que a su vez ponen fin a la vía administrativa, y, dependiendo de la autoridad de la que provengan, también serán recurribles algunos actos de trámite.
Se le denomina potestativo, por el hecho de que no es obligatorio para poder acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Sin embargo, una vez presentado, hay que esperar su resolución o que transcurra el plazo para ello, para poder interponer un recurso ante la autoridad judicial de dicho orden. Lo que quiere decir esto es exigirle a la administración que no estás conforme con el resultado y que revise el caso de nuevo, esta es una vía administrativa sin necesidad de ir a juicio y se utiliza para «ganar tiempo» como ya mencionamos. Una vez se interponga el recurso continuarás con el permiso de trabajo mientras esperas la respuesta por parte de la Administración, de esta manera vuelves a tener todos los beneficios como solicitante de Asilo.
Podrás continuar trabajando, siempre que en el recurso de reposición se solicite la suspensión de los efectos de la resolución denegatoria de asilo, por lo tanto, hasta que no se tenga respuesta de dicho recurso, la resolución no surte ningún tipo de efecto. Este recurso se debe basar en la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo del 26 de junio por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, y establece en su artículo 15, apartado 3. que «No se privará al solicitante del acceso al mercado de trabajo cuando se interponga un recurso, que tenga efectos suspensivos, contra una decisión negativa tomada en un procedimiento ordinario, hasta la notificación de su desestimación».
La Administración suele tardar en responder el recurso, lo cual te beneficia ya que es tiempo suficiente para que logres cumplir el periodo necesario para optar a una figura de Arraigo. Pero ¿Qué ocurre si me niegan este recurso? Existe un método más y es el Recurso Contencioso Administrativo, es una medida que permite hacer reclamaciones por vía judicial ante los actos de la Administración Pública o disposiciones de carácter general. En palabra más sencillas, es la exigencia que se le hace a la Administración por la inconformidad de la resolución a través de una demanda.
Esto son los pasos a seguir de que hacer en el caso de la denegación de la residencia por razones humanitarias. Ahora bien, ¿cómo podemos evitar esta denegación?. No hay una forma de garantizar que te aprobarán la residencia, pero si de aumentar las probabilidades de que la resolución sea favorable.
¿Cómo evitar que me denieguen la Residencia por Razones Humanitarias?
La clave está en el relato, si bien es cierto que países como Venezuela están pasando por una situación muy complicada que España entiende, no basta con indicar solo eso en el relato, en él tienes que explicar como toda la situación país te afectó personalmente y cómo puede suponer un riesgo grave para tu vida o integridad física o para tu familia. Recordemos que es una protección internacional o una residencia por razones humanitarias lo que estás solicitando, y para ello se deben cumplir ciertos requisitos, no basta con indicar que se espera una mejora económica.
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Excelente explicación! Se lo agradezco!