La ley de Memoria Democrática comúnmente conocida como ley de nietos, tiene como finalidad reparar los daños causados a las víctimas del golpe de Estado del 18 de julio del año 1936, la guerra de España y la dictadura.
Se consideran víctimas los españoles y su familiares como pueden ser pareja, descendientes, ascendientes y colaterales hasta 4to grado, que se vieron obligados a dejar España por motivos ideológicos, políticos y de orientación sexual, que como consecuencia de este exilio perdieron o renunciaron a su nacionalidad española.
Concesión de la Nacionalidad Española a hijos y nietos
Esta ley de Memoria Democrática, en comparación con la anterior de Memoria Histórica tiene un alcance mayor, permitiendo a los hijos mayores de edad de aquellas personas que se vieron beneficiadas de la ley anterior a obtener la nacionalidad. La disposición adicional Octava otorga la nacionalidad todas aquellas personas que se encuentren en uno de estos tres supuestos:
- Los hijos y nietos nacidos fuera de España de quien hubiere sido originariamente español y que perdiera la nacionalidad por motivos del exilio a causa de motivos ideológicos, políticos, orientación sexual. Desde el 18 de julio de 1936 hasta el 28 de diciembre de 1978.
- Los hijos e hijas de mujeres españolas que perdieran la nacionalidad por haberse casado con ciudadanos extranjeros antes de la entrada en vigencia de la Constitución del 1978.
- Los hijos e hijas mayores de edad de los beneficiarios de esta ley y de la Ley 52/2007 de la Memoria histórica.
Esta disposición octava tiene una vigencia de 2 años, pudiendo ser prorrogada por un año más en el caso de que se apruebe por el Consejo de Ministros.
¿Cómo probar las condiciones de exiliado?
Según las instrucciones publicadas el 20 de octubre del año 2022 por la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, se establece lo siguiente:
- Se presumirá la condición de exiliados a todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. (Es decir mayores de 67 años).
- Haber sido beneficiario de una pensión de exiliado otorgada por la Administración española. (Constituye plena prueba).
- Constancia de la Oficina Internacional de los Refugiados de Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los Estados de Acogida.
- Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualquier otra entidad reconocida por España o el país de acogida que estén relacionados con el exilio.
En el caso de los últimos dos supuestos se deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos:
- Pasaporte con sello de entrada del país de acogida.
- Inscripción en el Consulado Español.
- Certificado de Registro Civil del país donde se obtuvo la nacionalidad (Gaceta Oficial)
- Documento de la época del país en el que conste el año de llegada.
¿Dónde debo solicitar la nacionalidad por la ley de nietos?
La instrucción señala que debe presentarse a través de solicitud-declaración con modelos normalizados que puedes conseguir en la página web del Ministerio de Justicia o ante el encargado de la Oficina General o Consular del Registro Civil del país de domicilio del optante y si este es distinto al de su nacimiento se remitirá al de nacimiento.
A diferencia de la ley anterior, los medios tecnológicos con los que cuenta hoy la Administración Pública española son distintos a los del año 2007, sumándole el impulso de digitalización por la pandemia, se ha facilitado una plataforma llamada Dicireg para poder presentar de manera telemática esta solicitud.
En Tu Gestión España realizamos todo tipo de trámites en materia de extranjería, no dudes en asesorarte con nosotros.
Saludos! Mi mamá es hija de español, mi abuelo llegó a Venezuela en la década de 1950, mi abuelo falleció y no tenemos registro de su entrada ya que su pasaporte se extravió, sólo contamos con la literal de nacimiento. Cómo podría obtener mi madre la nacionalidad, qué documentos necesitaría, o necesitaríamos en este caso?
Hola Oriana. Un gusto saludarte.
Registrándote en esta web comenzarás a formar parte de nuestro GRUPO EXCLUSIVO en el cual te enterarás acerca de todo lo que debes hacer para obtener la nacionalidad española a través de esta Ley: https://tugestionespana.com/ley_de_memoria_democratica_espana_2022/
De igual forma si deseas una asesoría más personalizada te invitamos a agendarla en la siguiente web https://tugestionespana.com/asesorias
Feliz día 🙌🏻
Buen día. No conocí a mis abuelos, mi madre murió pero ella nos dijos q mis abuelos nacieron en Islas Canarias, cómo saber si nacieron allá o nacieron en Venezuela? No hay documentación.gracias
Hola Mirian un gusto saludarte. Una de las opciones puede ser que consigas saber en donde nacieron exactamente y preguntar en el consulado español de tu país de residencia por su partida literal de nacimiento.
Saludos 🖖 . Tienen ya alguna propuesta para el proceso de solicitud ? Preguntarle acerca de si aún no se sabe si los colegiados podrán presentar vía telemática estas solicitudes ?
Hola Ricardo un gusto saludarte. Aún no tenemos algo definido, en lo que sepamos algo lo haremos saber a través de todas nuestras redes.
Agradeciendo de antemano su atención, pregunto los abuelos de mi madre eran españoles pero ellos llegaron a México en 1910 entonces no salieron por la Guerra Civil podrá mi mamá pedir la nacionalidad española o es unicamente para exiliados?
Hola buenas, donde puedo conseguir la informacion o el documento que acredite que mi abuelo recibia la pension?
Hola! Muchas gracias por toda la información que aportan ❤️. Estoy en España y metí mi solicitud de nacionalidad por residencia el 22/10/22. Ahora veo que puedo optar a esta ley de memoria democrática, ¿puedo solicitar en el registro la nacionalidad por ley de memoria democrática? Qué hago con mi otra solicitud de nacionalidad por residencia? Puedo tener las dos solicitudes?