LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL EN ESPAÑA
En España existen tres formas protección internacional, la Protección Temporal, el Asilo y la Protección Subsidiaria. Estas instituciones aunque son muy similares tienen requisitos muy diferentes.
La Protección Temporal se evoca en atender a la afluencia masiva de personas desplazadas por motivos de guerra, violencia o violaciones de los derechos humanos. Se aplicará cuando el Consejo de Europa adopte, a propuesta de la Comisión, una decisión que constate una afluencia masiva de personas desplazadas en la UE y precise los grupos de personas a los que se aplica la protección. Lo cual, todo pasa por tramites políticos que requieren consenso. Vale la pena mencionar que esta institución, hasta ahora no se a utilizado.
El Derecho de Asilo y de Protección Subsidiaria, en principio ampara los temores de ser perseguido o el riesgo real de sufrir daños graves pueden baserse en acontencimientos sucedidos o actividades en que haya participado la persona solicitante.
EL ASILO EN ESPAÑA
El asilo es un derecho reconocido en la Constitución Española que consiste en la protección proporcionada por España a los extranjeros no comunitarios o a los apátridas, que se les reconozca la condición de refugiado de acuerdo a lo establecido en la ley.
Los requisitos del asilo, para su reconocimiento en España, son:
Que el extranjero base su solicitud en unos actos de fundados temores a ser objeto de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, que deberán ser suficientemente graves por su naturaleza o carácter reiterado como para constituir una violación grave de los derechos fundamentales, o bien ser una acumulación lo suficientemente grave de varias medidas, incluidas las violaciones de derechos humanos, como para afectar a una persona de manera similar a la persona descrita en el primer apartado. A modo de ejemplo, la ley indica que serán actos de persecución los siguientes:
1) Actos de violencia física o psíquica, incluidos los actos de violencia sexual;
2) Medidas legislativas, administrativas, policiales o judiciales que sean discriminatorias en sí mismas o que se apliquen de manera discriminatoria;
3) Procesamientos o penas que sean desproporcionados o discriminatorios;
4) Denegación de tutela judicial de la que se deriven penas desproporcionadas o discriminatorias;
5) Procesamientos o penas por la negativa a prestar servicio militar en un conflicto en el que el cumplimiento de dicho servicio conllevaría delitos o actos comprendidos en las cláusulas de exclusión.
6) Actos de naturaleza sexual que afecten a adultos o a niños.
Este derecho ha evolucionado en los últimos años, reconociendo también como causales: las razones humanitarias (inherentes a la persona), los hechos de violencia, cambio climático, terrorismo, delincuencia, entre otros fenómenos que prometen realizar un nuevo perfil del asilo.
LA PROTECCIÓN SUBSIDIARIA
El derecho a la protección subsidiaria es el otorgado a las personas de otros países y a los apátridas que, sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser refugiados, si regresasen a su país de origen en el caso de los nacionales o, al de su anterior residencia habitual en el caso de los apátridas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves que se explicarán a continuación, y que no pueden o, a causa de dicho riesgo, no quieren, acogerse a la protección del país de que se trate.Para poder solicitar el derecho a protección subsidiaria en España, además de no cumplir con los requisitos para solicitar el asilo, debe existir en las personas extranjeras y los apátridas, el conocimiento de que, si volviesen a su país, corren un riesgo real de continuar sufriendo daños graves.
Es importante saber qué constituye daño grave para el derecho a la protección subsidiria, lo será:
a) La condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución material.
b) La tortura y los tratos inhumanos o degradantes en el país de origen del solicitante.
c) Las amenazas graves contra la vida o la integridad de los civiles motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno.
Los venezolanos, con 3.960 solicitudes, fueron quienes más peticiones de asilo realizaron en España durante 2016, según datos difundidos hoy por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).
Nuestro equipo en materia de Asilo, está liderado por el abogado Alejandro Scudiero Salazar, quien es experto en Migración Española y Protección Internacional. Scudiero es doctorando del Programa de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de la Universidad de Zaragoza y está desarrollando su tesis doctoral en “ASILO, PROTECCIÓN SUBSIDIARIA Y PROTECCIÓN TEMPORAL”, lo cual le ha permitido obtener destrezas especificas en el sistema europeo de asilo y la regulación española.